| Honduras: Carta de los movimientos a Insulza |
| por Organizaciones y Movimientos de Honduras | ||||||||
| viernes, 03 de julio de 2009 | ||||||||
|
Tegucigalpa, D.C., 03 de julio de 2009 Excelentísimo Las organizaciones abajo firmantes representantes del movimiento popular y social del país, en relación al golpe de Estado y rompimiento del orden constitucional ejecutado por las cúpulas de los partidos Liberal, Nacional, Democracia Cristiana y Innovación y Unidad Social Demócrata y las Fuerzas Armadas de Honduras, quienes son los instrumentos de la oligarquía nacional, hacemos del conocimiento de la ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS por medio de Usted como Secretario General de dicho organismo internacional, nuestra posición oficial: PRIMERO: En fecha veintiocho de junio de dos mil nueve se llevaría a cabo una encuesta de opinión por el Instituto Nacional de Estadísticas, convocada por el Poder Ejecutivo para conocer la opinión del pueblo en relación a instalar o no una cuarta urna en las elecciones generales del veintinueve de noviembre del año en curso, donde se preguntaría si esta de acuerdo en convocar o no a una Asamblea Nacional Constituyente cuyo anteproyecto de decreto en caso de ser afirmativa la encuesta, se enviaría al Congreso Nacional para que éste votara por la instalación o no de la misma. Previo a la realización de la encuesta de opinión antes relacionada y a raíz de la misma se desarrolló un conflicto entre cuatro bancadas del Congreso Nacional de la República y el Poder Ejecutivo, en el cual el Congreso Nacional dejó de manifiesto su posición para que la misma no se llevara a cabo por considerarla ilegal. El Poder Ejecutivo continuó promoviéndola y anunciando la realización de la misma para el veintiocho (28) de junio, amparados en la Ley de Participación Ciudadana. Ante la firme decisión del Poder Ejecutivo de llevar a cabo dicha encuesta, el Congreso Nacional por medio de las instituciones cuyas autoridades son elegidas por dicho poder del Estado como ser: Fiscalía General del Estado, Corte Suprema de Justicia, Procuraduría General de República, Tribunal Supremo Electoral, emprendió las siguientes acciones legales: 1. La Fiscalía General presentó una demanda ante el Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo contra la consulta popular que inicialmente había promovido el poder ejecutivo, solicitando la medida cautelar de Suspensión de acto reclamado Posteriormente el Poder Ejecutivo emitió el decreto de la encuesta de opinión publica con base a la ley de participación ciudadana, teniendo como consecuencia que ese mismo día (28 junio del 2009) a eso de las cinco y diez de la mañana, aproximadamente cien (100) elementos de la Fuerzas Armadas de Honduras, violando el domicilio del Señor Presidente Constitucional de la República José Manuel Zelaya Rosales, lo privaron de su libertad, causando daños al inmueble, sacándolo por la fuerza en ropa de dormir, lo trasladaron violentamente a una base militar aún desconocida, para luego expatriarlo vía aérea a San José de Costa Rica, concretándose en este episodio la fractura de la institucionalidad democrática de nuestro país. Coherente con el plan de irrupción del orden constitucional, el Congreso Nacional que ordinariamente se reúne de martes a jueves, esta vez sesiono el mismo día domingo en que se expatrio al Presidente de la República; y en dicha reunión se resolvió la destitución del titular del Poder Ejecutivo y se nombro a Roberto Micheletti Bain como sucesor. Es procedente advertir, que la mayoría de congresistas son del interior del país y los fines de semana como norma se desplazan a sus lugares de origen; sin embargo a esta sesión extraordinaria hubo presencia masiva de diputados y diputadas, con lo cual puede inferir que dicha actividad era parte de la maquinaria golpista que se ha impuesto. SEGUNDO: Como consecuencia de este acto, nuestros derechos individuales sistemáticamente están siendo violados, a través de restricciones arbitrarias a la libertad personal, cierre de medios de comunicación independientes, violación a la libertad de expresión, represión a las movilizaciones de ciudadanos y ciudadanas declarados en desobediencia civil en apego al artículo 3 Constitucional; de igual manera se ha declarado oficialmente por el gobierno de facto la limitación general de garantías, a través de la declaración de estado de excepción, al margen de lo que dispone el articulo 187 de la Constitución de la República, artículo 4 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y 27 de la Convención Interamericana de los Derechos Humanos. Siendo que el Golpe de Estado, como parte del plan, ha sido avalado por las cúpulas de todas las instituciones, entre ellas las del sistema de administración de justicia; ningún recurso legal resulta efectivo para neutralizar los excesos del gobierno usurpador; situación que provoca una absoluta indefensión para la ciudadanía. TERCERO: La Constitución de la República de Honduras, establece que para sustituir definitivamente al Presidente de la República, es indispensable la falta absoluta del mismo (Artículo 242 ); quizá pueden comprenderse dentro de las faltas absolutas entre otras; su muerte o inhabilitación por razones legales determinadas judicialmente; este ultimo, que parece ser el argumento de los golpistas, es tan frágil que se desvanece en la propia lógica de la institucionalidad democrática de un Estado de Derecho como el hondureño; Vale destacar que hasta la fecha, no hay condena contra el presidente de la República, dictada por un órgano jurisdiccional que le impida el ejercicio de sus derechos políticos y ciudadanos. Sobre la base de la prohibición de prejuzgamiento que existe a favor de cualquier ciudadano, en este caso la del Presidente hondureño, sobresalen las garantías de defensa, debido proceso y en general el principio de legalidad en sus distintas manifestaciones; estos principios que son base indispensable para la legitimidad democrática de cualquier Estado, han sido deliberadamente desconocidos por quienes por la vía de la fuerza han suplantado el orden constitucional y sobre esta base se sustenta su ilegitimidad. De manera contundente señalamos que nuestra constitución no contempla trámite alguno para que el Presidente de la República pueda ser destituido por el Congreso Nacional. El artículo 205 Constitucional establece claramente las atribuciones del Congreso Nacional, sin embargo ninguna de ellas otorga facultad alguna para Destituir al Presidente, pues el Congreso Nacional de acuerdo al artículo 4 de la Constitución, solo es un poder más, en relación al Poder Ejecutivo y Poder Judicial y esos tres poderes de acuerdo a la norma citada, son complementarios e independientes y SIN RELACIONES DE SUBORDINACION. CUARTO: Muchas de las organizaciones que suscribimos este documento, no somos seguidoras o defensoras del Presidente José Manuel Zelaya Rosales, mucho menos afines a la institución política a la que el pertenece. Estamos movidas por el respeto de una institucionalidad, que aunque no nos favorece como pueblo mayoritario, hasta ahora es la base del consenso mínimo de la sociedad, sobre la cual se desarrolla y se resuelven los conflictos y la vida de los hondureños y hondureñas, y su modificación será posible en la medida que el pueblo en el ejercicio de su soberanía, instaure un nuevo pacto social sobre la base de la inclusión y no discriminación, lo cual es el anhelo de las suscribientes y suscribientas. QUINTO: Tal como lo ha concebido la Organización de Naciones Unidas, la Organización de Estados Americanos y otros organismos internacionales, como sector organizado del país, ratificamos que en Honduras se ha producido una alteración al orden constitucional que precariza la situación de la frágil democracia en la que hemos vivido los últimos 28 años, tal como lo prescribe Carta Democrática Interamericana, en la sección IV del fortalecimiento y preservación de la institucionalidad democrática artículos 17 al 22. SEXTO: Ratificamos que los vanos esfuerzos que efectúa el gobierno usurpador, por presentar su criminal proceder como una normal sustitución del poder; se inscribe en un escenario en que cuatro de las cinco bancadas del Congreso Nacional de la República, las Fuerzas Armadas, la Procuraduría General de la República, la Corte Suprema de Justicia, el Ministerio Público, Comisionado Nacional de Derechos Humanos a través de su máxima jerarquía resultan autores al mismo nivel de este zarpazo al orden constitucional democrático de Honduras, hecho para el cual también han efectuado alianzas con personajes estratégicos del sector religioso del país. Por esta razón es que resulta atípico el hecho de que no sean militares los que estén conduciendo formalmente el gobierno golpista, tampoco resulta necesaria la disolución del poder judicial y del Congreso Nacional; seguramente los usurpadores del orden constitucional hondureño han patentado la mas moderna concepción de golpes de Estado; la cual merece y debe merecer el mismo repudio como comunidad nacional y de ustedes como comunidad internacional Señor Secretario General, después de esta relación histórica y la argumentación en torno a la situación de nuestra patria, concretamente le expresamos. 1.- Saludamos y reconocemos las medidas que con inmediatez a resuelto esa Organización de Estados Americanos, en aras del respeto a la institucionalidad en Honduras. Tegucigalpa, MDC 03 de Julio de 2009. Carlos H. Reyes Daniel Duron Víctor Antonio Fernández Guzmán Israel Salinas José Hilario Espinoza Herrera Dagoberto Suazo Zelaya Suyapa Martínez Rafael Alegría Bertha Cáceres Juan Barahona Cornelio Chirinos José Maldonado Bertha Oliva Andrés Pavón Federación de Organizaciones Magisteriales de Honduras Ramón Melgar Gilda Rivera Alba Maldonado Foro Social Valle de Sula Organizaciones de Jóvenes y Estudiantes de Honduras Organizaciones Afrodescendientes
|
||||||||
| < Anterior | Siguiente > |
|---|

"La tierra de Doña Cayetana" [Andrés Carulla, Colombia]
Web del autor
| El telefonazo como develador de una realidad. |
| grande Olga. Es de lo mejor que he leido. Por cierto, algùn dìa pondrè musica a uno de tus versos. Es un autèntico ... |
| 03/09/10 09:34 Leer más... |
| El telefonazo como develador de una realidad. |
| Tambien se creyo que el presidente escucho a la gente?... si fuera asi, ya habria escuchadoa los mapuches, o a los estud... |
| 03/09/10 08:45 Leer más... |
| Porque Piñera no es Pinochet |
| Desde el momento en que la Concertacion llego al gobierno en un acuerdo de fuerzas con el Pinochetismo, fueron una prolo... |
| 02/09/10 23:52 Leer más... |
| Comunidad de la U. de Chile pidió "explicaciones" a Hinzpeter por "brutalidad policial" |
| Como ex alumna, en aquellos años 60as, en los que la U. de Chile era LA UNIVERSIDAD, lamento profundamente que no la de... |
| 02/09/10 23:48 Leer más... |
| Por qué se conmemora el 8 de marzo |
| me gusto mucho jaja pero lo tuve qe copiar jaja |
| 02/09/10 19:13 Leer más... |
| Porque Piñera no es Pinochet |
| La mentira, el engaño a la clase trabajadora, a Chile entero, es éso lo que les duele a los fachsitas que entraron y s... |
| 02/09/10 18:56 Leer más... |
| Porque Piñera no es Pinochet |
| Para mi mas que un buen articulo,es el mejor que he leido por un largo tiempo y,por lo que me doy cuenta hay muchos que ... |
| 02/09/10 18:37 Leer más... |