| El asedio a la jueza del caso Esmeralda |
| por La Nación (Chile) | ||||||||
| lunes, 17 de marzo de 2008 | ||||||||
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Primero, quisieron cercarla fijándole plazo para terminar los procesos, no importando el estado en que se hallaran. Ante el reclamo de familiares de las víctimas y del Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, el pleno de la Corte Suprema ordenó a la Corte de Valparaíso dejar sin efecto la medida de restringirle a la jueza su tiempo para terminar los juicios, considerándola una resolución ilegal. Pero ahora Silva Ibáñez obligó a la magistrada a integrar trabajo de sala, restándole un tiempo apreciable para que la ministra avance en sus investigaciones y cierre los sumarios que se instruyen por el sistema procesal penal antiguo, y dicte procesamientos en caso que corresponda. Agrupaciones de derechos humanos consideran que esta nueva orden, resuelta en contra de las indagaciones de la jueza y que la obligan a integrar trabajo de sala -lo que otros jueces que investigan causas similares no hacen-, atenta en contra de la última resolución del pleno de la Corte Suprema. Respaldando a la magistrada y revocando la orden del pleno de la Corte de Valparaíso de fijarle un brevísimo plazo para terminar sus causas, aunque los hechos no estuvieran suficientemente investigados, el pleno de la Suprema recomendó a la ministra Quezada "prestar atención preferente a la tramitación de las causas que, como ministra en visita extraordinaria, le corresponde instruir". Pero con la medida adoptada ahora por Silva Ibáñez, la magistrada no podrá cumplir lo que el pleno del máximo tribunal del país le recomendó. Nuevas pistas Historial de Silva Ibáñez Posteriormente, la Corte Suprema lo destituyó de la investigación del conscripto Pedro Soto Tapia, porque tras cinco años de mantener la causa en su poder, no atendió a una serie de evidencias que apuntaban a que el crimen lo habrían cometido militares del regimiento Yungay de San Felipe. Hoy lunes la delicada situación de la jueza Quezada, la que nuevamente está en conocimiento la Corte Suprema, debe volver a ser revisada por Silva Ibáñez y la Corte de Valparaíso. LN * Fuente: La Nación
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