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Domingo 01 de Agosto de 2010
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Tribunales militares
por Eduardo Yáñez Morel (Chile)
martes, 29 de enero de 2008
Contrario a toda norma internacional, Chile sigue permitiendo el juzgamiento de civiles por tribunales militares. Esta figura anacrónica ubica a nuestro país a la retaguardia en materia de aplicación de justicia imparcial e independiente. El estado chileno arriesga un importante deterioro de su imagen internacional al permitir que delitos cometidos por civiles sean juzgados por tribunales militares.

Una reciente sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Palamara, en la cual se condena a Chile y es de cumplimiento obligatoria para el estado, deja poco espacio a interpretaciones “El Estado debe establecer, a través de su legislación, limites y competencia material y personal de los tribunales militares, de forma tal que en ninguna circunstancia un civil se vea sometido a la jurisdicción del tribunales militares (Caso Palamara Iribarne Vs. Chile)

El fallo de la Corte Interamericana se suma a una serie de “advertencias” reiteradas, destacando  la efectuada por el Comité de Derechos Humanos de la Naciones Unidas en la cual sostiene que Chile “…debería agilizar la adopción de la ley que modifique el Código de Justicia Militar, limitando la jurisdicción de los tribunales militares únicamente al enjuiciamiento de personal militar acusado de delitos de carácter militar exclusivamente…”

Al limitar la jurisdicción militar al juzgamiento de militares, estaríamos no solo dando cumplimiento pleno a la sentencia de la Corte Interamericana y a las recomendaciones de la Naciones Unidas, sino que también confirmando nuestro apego al derecho internacional.

* El autor es miembro del "Comité Pro-Defensa Ciudadana"




  Comentarios (1)
Escrito por Esta dirección de correo electrónico está protegida contra los robots de spam, necesitas tener Javascript activado para poder verla website, el 30-01-2008 01:10
Yo entiendo que las organizaciones armadas con contenido político eran juzgadas por tribunales militares, hoy día me parece que no es así. Un grupo armado que asalta un banco, que secuestra personas y toma rehenes, que secuestra un avión, que realiza cuqluier acción violenta está considerado como parte de la delincuencia común y como tal es juzgado por los tribunales civiles del crimen. Entiendo que los militares que cometen delitos comunes son juzgados por tribunales civiles. Ahora, ¿Quién es Palamara? Cuando sucedió el hecho, dónde. Creo que la información no es clara.

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