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Moción busca impedir indultos por crímenes de lesa humanidad | Moción busca impedir indultos por crímenes de lesa humanidad |
| por Iniciativa Parlamentaria (Chile) | ||||||||
| martes, 13 de septiembre de 2005 | ||||||||
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Moción busca impedir indultos por crímenes de lesa humanidad Una iniciativa en tal sentido fue ingresada a tramitación a la Cámara por los diputados Enrique Accorsi, Fidel Espinoza, Sergio Ojeda, Antonio Leal, Juan Bustos, Sergio Aguiló, Eduardo Saffirio y José Pérez. El texto propone modificar la ley Nº 18.050, que fija normas generales sobre indultos particulares, y adecuar sus normas a los tratados internacionales ratificados por Chile, a fin de que no se pueda conceder indulto a las personas condenadas por crímenes de lesa humanidad. Los parlamentarios señalan que la institución del indulto presidencial es muy antigua y amplia, ya que en casos calificados, según lo dispuesto en su artículo 6º, el Presidente de la República puede prescindir de los requisitos establecidos en la ley y en su reglamento, siempre que el beneficiado esté condenado por sentencia ejecutoriada y no se trate de conductas terroristas. Limitar potestades omnímodas del Presidente Los parlamentarios estiman necesario limitar las potestades casi omnímodas del Presidente de la República, pues sus decisiones pueden traer aparejadas responsabilidades de orden internacional, porque a través del indulto el Estado de Chile vulnera el derecho internacional de los derechos humanos. Agregan que por estos días, y a propósito de casos muy puntuales, como el indulto otorgado a violadores de los derechos humanos y a una cantidad no menor de microtraficantes de drogas, el indulto presidencial ha sido puesto seriamente en tela de juicio. Sostienen que hay un debate pendiente al respecto, porque algunos, con sólidos argumentos, están por su derogación, en el bien entendido de que una democracia descansa en la doctrina de la separación de Poderes del Estado. Por lo expuesto, proponen derogar el artículo 6º de la citada ley y agregar un inciso tercero al artículo 1º, por el cual se establece que no procederá el indulto en los crímenes o delitos de lesa humanidad cometidos por agentes del Estado entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990 o en cualquier otra época. La moción, ingresada a trámite el miércoles pasado, fue enviada para su estudio a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia. Lunes 12 de septiembre de 2005
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